Oficina Virtual de Trámites

Ayuntamiento de Leon

Sistema Interno de Información

El canal interno de información permite informar a una entidad sobre acciones indebidas de los empleados públicos o de quienes presten una relación laboral o profesional con una administración.

INFORMACIÓN GENERAL

El Excmo. Ayuntamiento de León en el desarrollo de su compromiso con la integridad, la transparencia, la participación ciudadana y el cumplimiento de la ley, implanta el sistema interno de información para dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en el art. 13.1.a) de la Ley 2/2023 de 20 de febrero, que sirva como canal preferente para la comunicación de las posibles infracciones normativas incluidas en el ámbito material de aplicación de la ley y proteger a las personas informantes a las que se refiere el art. 3 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

El sistema interno de información del Excmo. Ayuntamiento de León y sus Organismos Autónomos, (SII) integra la política del sistema interno de información, el canal interno de información, los principios reguladores del sistema, la persona responsable del sistema y el procedimiento de gestión de las informaciones recibidas ,estableciendo las garantías y los aspectos mínimos que ha de satisfacer el sistema, estableciendo las pautas para la canalización, tramitación, investigación y resolución de la información recibida a través del Canal, incluida la confidencialidad aplicable a las informaciones, el tratamiento de datos de carácter personal y la publicidad.

El Sistema interno de información del Excmo. Ayuntamiento de León y sus Organismos Autónomos tiene como finalidad que se pueda poner en conocimiento de la persona responsable del sistema , los posibles casos de fraude, así como otras prácticas irregulares que se pudieran producir en el seno de la propia entidad, con el fin de proceder a su corrección o reparación y establecer las normas mínimas de los canales de información, garantizando eficazmente, la protección de la privacidad y la confidencialidad de la comunicación y otorgar una protección adecuada, frente a las represalias que puedan sufrir las personas informantes por comunicar dichas irregularidades.

El uso del presente Canal es voluntario y las informaciones deben hacerse, en todo caso, de buena fe, no amparándose actuaciones que resulta indispensable excluir de la protección, tales como la remisión de informaciones falsas, tergiversadas, así como aquellas que se han obtenido de manera ilícita, los conflictos interpersonales y cuando los hechos no esten incluidos en el ámbito de aplicación de la ley.

Serán objeto de recepción, tramitación y seguimiento las informaciones recibidas de las personas informantes que trabajen en el sector privado o público y que hayan obtenido información sobre infracciones, en el contexto laboral o profesional en sus relaciones con el Excmo. ***CONFIGURAR VarOrganizacion en GDRegistro.ini*** y sus Organismos Autónomos.

La persona responsable del sistema velará por la investigación de las posibles irregularidades y evaluará las mismas, siendo lal encargado de resolver las cuestiones planteadas conforme al procedimiento aprobado. En el caso de que en su información nos deje una dirección de correo electrónico, recibirá en ella las notificaciones de los pasos de la investigación o eventual archivo del expediente.

Tenga asimismo en cuenta que, en el caso de que la conducta denunciada pudiera ser constitutiva de delito, se procederá a su comunicación inmediata al Ministerio Fiscal o remisión a otra Autoridad u Organismo que pudiera resultar competente para la tramitación de la comunicación. En el caso de que los hechos afecten a los intereses financieros de la Unión Europea, se remitirá a la Fiscalía Europea. No obstante, en el caso de que la denuncia no sea anónima, tenga en cuenta que su identidad ,será preservada y solo podrá ser comunicada a la Autoridad judicial, al Ministerio Fiscal o a la autoridad administrativa competente en el marco de una investigación penal, disciplinaria o sancionadora.

Si deseas realizar una información en el SII, deberá indicarnos si desea comunicarla de manera anónima o identificándose. Tenga en cuenta que, en caso de que opte por el anonimato, no nos podremos poner en contacto con usted. No obstante, en todo momento podrá conocer el estado de su información mediante un código.

Además, cuenta con la posibilidad de realizar esta denuncia ante los canales externos de información de las autoridades competentes y, en su caso, ante las instituciones, órganos u organismos de la Unión Europea. Puede consultar aquí el listado actualizado de los canales externos aprobados en España.

INFORMACIÓN SOBRE ANONIMATO

La Información (Denuncia) puede realizarse con identificación del informante (denunciante), o incluso de forma anónima. Ten en cuenta que si se opta por el anonimato, la persona informante no podrá recibir información de la evolución de la misma, sino que solo podrá ver el progreso de su estado, accediendo directamente a la opción seguimiento con el ID que se le facilitará al final del envío de la Información (Denuncia).

Ten en cuenta que tanto el informante como las personas afectadas por la denuncia tendrán derecho a la preservación de su identidad, en los términos previstos en el artículo 32 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero. Además, las personas informantes cuentan con una serie de derechos, cuando las informaciones que proporcionen cumplan con los requisitos de los artículos 2 y 35 de esa norma, entre los que destaca la prohibición de represalias (artículo 36). Considera también las medidas de apoyo y de protección frente a las represalias que la Ley recoge en sus artículos 37 y 38.

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