Oficina Virtual de Trámites

Ayuntamiento de León

Solicitud de quejas y sugerencias de los ciudadanos

A través de este procedimiento podrán presentarse las quejas, iniciativas o sugerencias que los ciudadanos estimen convenientes sobre el funcionamiento del Ayuntamiento de León, así como la formulación de quejas o sugerencias en relación con el Acceso a la Información. También desde este procedimiento se pueden efectuar sugerencias y reclamaciones relacionadas con EDUSI León Norte.

A través de este procedimiento podrán presentarse las quejas, iniciativas o sugerencias que los ciudadanos estimen convenientes sobre el funcionamiento del Ayuntamiento de León, así como la formulación de quejas o sugerencias en relación con el Acceso a la Información.

También desde este procedimiento se pueden efectuar sugerencias y reclamaciones relacionadas con EDUSI León Norte.

1. Formas de Presentación.

Las quejas y sugerencias pueden ser presentadas de las siguientes formas:

  • De forma online

    Las quejas o sugerencias presentadas por este canal seguirán luego el trámite ordinario hasta su resolución final

2. Contestación.

Recibido el formulario, la Unidad responsable correspondiente deberá informar al ciudadano en el plazo de tres meses. (Capitulo II, Artículo 17, Puntos 4 y 6 del Reglamento de la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones del Ayuntamiento de León).

En el caso de Acceso a la Información la resolución en la que se conceda o deniegue el acceso deberá notificarse al solicitante en el plazo máximo de un mes desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver.

Este plazo podrá ampliarse por otro mes en el caso de que el volumen o la complejidad de la información que se solicita así lo hagan necesario y previa notificación al solicitante.

El transcurso de dicho plazo se podrá suspender en el caso de que deba requerirse al interesado para que, en un plazo de  10 días hábiles, formule las aclaraciones necesarias para la correcta tramitación de la queja o sugerencia.

La comunicación con el interesado se realiza a través de uno de los medios indicados en el formulario de Quejas y Sugerencias. En caso de no haber seleccionado un medio como prioritario, la comunicación se realiza por correo electrónico o correo postal, por este orden.

3. Observaciones.

Las quejas formuladas no tendrán en ningún caso la calificación de recurso administrativo ni su interposición paralizará los plazos establecidos en la normativa vigente. La presentación de una queja no condiciona, en modo alguno, el ejercicio de las restantes acciones o derechos que, de conformidad con la normativa reguladora de cada procedimiento, puedan ejercitar los que figuren en él como interesados

4. Normativa.

La normativa básica en la que se regulan los formularios de Quejas y Sugerencias se recoge en el Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado (BOE 3/9/2005 y Corrección 22/9/2005), además del Reglamento de la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones del Ayuntamiento de León.

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